CIRCULAR
9 - 2000/2001
1. -
CONTROLES PROGRAMADOS LIBRES O ESPECIALES DE
PISTA DE
INVIERNO Y AIRE LIBRE
1.-Se consideran controles libres o
especiales de pista de invierno y aire libre, aquellos que sean solicitados por
clubs, grupos de atletas, entrenadores o técnicos con licencia en vigor en la
F.A.I.B., teniendo en cuenta sus intereses particulares y deportivos, que
figuren en el calendario autonómico, por haberse solicitado a la F.A.I.B.,
antes del día 20-11-2000, y serán programados según el criterio personal de los
interesados.
2.-Los clubs, grupos de atletas,
entrenadores o técnicos inscritos en la F.A.I.B., podrán solicitar por escrito,
en la reunión de clubs de 14-10-00 y hasta el 15-11-00, la organización libre
de controles de atletismo en pista de invierno y aire libre, según sus
necesidades, deseos y características del momento, eligiendo el día que más les
interese a los promotores.
3.-La F.A.I.B., tendrá en cuenta
los intereses de las competiciones y serán programadas según las solicitudes
recibidas, posteriormente al día 20-11-00 será publicado el calendario definitivo
de la F.A.I.B. para la temporada 2000-2001 de competiciones en pista de
invierno y de verano.
4.-La programación de los
controles, será totalmente libre y el club o persona responsable, determinará
las pruebas, horario y organización, según sus necesidades y criterios.
5.-Estos controles, podrán limitar
las pruebas programadas y elegir las que sean de su interés únicamente, la
inscripción para participar en los mismos será realizada en la Secretaría de la
F.A.I.B., en los mismos sólo podrán participar atletas con licencia en vigor y
el coste de inscripción será de 100 pesetas por prueba, si la misma se realiza
antes de las 22.00 horas del jueves, o dos días hábiles, anteriores a la
competición, se podrán recibir inscripciones fuera de plazo el mismo día de la
competición hasta 30 minutos antes de iniciarse la prueba; las inscripciones
fuera de plazo tendrán un coste de 500 pesetas por prueba.
6.-La
organización de estos controles libres, tanto en invierno como en verano,
deberá contar con un mínimo de 3 pruebas programadas por cada competición y
deberá tener cada prueba en el momento de iniciarse 3 atletas participantes
como mínimo.
7.-El
montaje y la organización de estos controles correrá a cargo de los
organizadores.
8.-Todos los gastos que ocasionen
los controles especiales de atletismo federado: arbitraje, secretaría y
resultados, serán a cargo del club, o persona responsable de la organización, y
deberán ser abonados antes de la celebración de la competición en la Secretaría
de la F.A.I.B., tras la presentación de la factura correspondiente.
9.-El
calendario autonómico de pista de invierno será el siguiente:
23-12-00 Control
federado "A" F.A.I.B.
13-01-01 Campeonato
Baleares Combinadas 1.ª jornada F.A.I.B.
14-01-01 Campeonato
Baleares Combinadas 2.ª jornada F.A.I.B.
20-01-01 Control
federado "B" F.A.I.B.
27-01-01 Campeonato
Baleares Clubs invierno F.A.I.B.
03-02-01 Campeonato
Baleares absoluto y categorías invierno 1.ª jornada F.A.I.B.
04-02-01 Campeonato
Baleares absoluto y categorías invierno 2.ª jornada F.A.I.B.
Meeting
de Atletismo de Invierno de Capdepera Ajuntament
Capdepera
10.-El calendario autonómico de pista de verano
será el siguiente:
20-05-01 Campeonato
Baleares clubs junior F.A.I.B.
27-05-01 Campeonato Baleares clubs / fase autonómica Cto. España F.A.I.B.
16-06-01 Control federado "A" F.A.I.B.
23-06-01 Campeonato Baleares Combinadas absoluto y
categorías F.A.I.B.
30-06-01 Control federado "B" F.A.I.B.
16-07-01 Campeonato Baleares absoluto y categorías F.A.I.B.
17-07-01 Campeonato Baleares absoluto y categorías F.A.I.B.
Meeting
de Atletismo de Pista Aire Libre de Capdepera Ajuntament
Capdepera
Nota: La confección definitiva del
calendario queda pendiente de las solicitudes que se reciban de los diferentes
clubs interesados en organizar competiciones y de las posibles modificaciones
del calendario nacional de la R.F.E.A.
2. -
CONTROLES NO PROGRAMADOS LIBRES O ESPECIALES DE
PISTA DE
INVIERNO Y AIRE LIBRE
1.-Se consideran controles libres o
especiales de pista de invierno y aire libre, aquellos que sean solicitados por
clubs, grupos de atletas, entrenadores o técnicos con licencia en vigor en la
F.A.I.B., teniendo en cuenta sus intereses particulares y deportivos y no
figuren en el calendario autonómico, por no haber llegado su solicitud a la
F.A.I.B., antes del día 20-11-2000, o por ser programados según el criterio
personal de los interesados.
2.-Los clubs, grupos de atletas,
entrenadores o técnicos inscritos en la F.A.I.B., podrán solicitar por escrito,
con una antelación de 15 días naturales, la organización libre de controles de
atletismo en pista de invierno y aire libre, según sus necesidades, deseos y
características del momento, eligiendo el día y hora que más les interese a los
promotores.
3.-La F.A.I.B., tendrá en cuenta los intereses de las competiciones programadas con anterioridad y de las competiciones que se han de realizar en las 72 horas anteriores y posteriores a estos controles; estudiará las solicitudes que reciban y en un plazo de 5 días hábiles, responderá si autoriza o no la solicitud.
4.- Estos controles, podrán limitar las pruebas programadas y elegir las que sean de su interés únicamente, la inscripción y participación, será gratuita o previo pago (la cantidad no será superior bajo nigún concepto a 500 ptas. Por atleta y prueba), según establezca el organizador y estará abierta a todos los atletas que tengan licencia federativa actualmente en vigor en la F.A.I.B., o atletas federados de otras Comunidades Autónomas y países.
6.- La organización de estos controles libres, tanto en invierno como en verano, deberá contar con un mínimo de 3 pruebas programadas por cada competición y deberá tener cada prueba en el momento de iniciarse 3 atletas participantes como mínimo.
7.- El montaje y la organización de estos controles correrá a cargo de los organizadores.
8.- Todos los gastos que ocasionen los controles especiales de atletism0o federado: arbitraje, secretaría y resultados, serán a cargo del club, o persona responsable de la organización, y deberán ser abonados antes de la celebración de la competición en la secretará de la F.A.I.B., tras la presentación de la factura correspondiente.